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La posición general de los sindicatos respecto al teletrabajo teletrabajo

“Sociedad Informacional”

3. Una nueva forma en la organización del trabajo: El teletrabajo o “e-work” trabajo: El teletrabajo o “e-work”

3.7. La posición general de los sindicatos respecto al teletrabajo teletrabajo

El carácter particular del teletrabajo, como forma innovadora de empleo, necesita de un tipo de contrato particular. La situación legislativa poco definida de cada país en relación al teletrabajo, que hemos visto anteriormente, ha provocado una postura reticente por parte de los sindicatos que se ha visto transformada en los últimos años. El interés sindical por el teletrabajo ha sido bastante desigual según las zonas analizadas.

En Québec, los sindicatos han comenzado a interesarse por el teletrabajo muy recientemente. Esto es debido, principalmente, a que el teletrabajo no ha sido una forma organizativa que haya afectado directamente a los medios de trabajo sindicados, implicando a un número muy reducido de trabajadores de este colectivo116. El interés no se ha producido hasta que ciertas empresas y organismos oficiales han optado por este tipo de organización117. Por otro lado, mucho más difícil de resolver es la falta de una voluntad política para abordar

116 Según el sondeo realizado por CEFRIO, únicamente el 6.6% de los teletrabajadores asalariados en Québec pertenecen actualmente a un sindicato, tasa muy inferior a la global que alcanza el 40%.

117 Es interesante ver los estudios de caso realizados para siete empresas e instituciones sitas en Québec, consultable en www.cefrio.qc.ca/projets/proj_06.cfm

esta discusión en ámbitos públicos, dejando de lado el tema sin tomar ninguna postura comprometida por el momento. (D’Amours, 2001).

Esta situación, general en toda América del Norte, contrasta con la experimentada en Europa. La posición oficial de la Unión Europea, favorable al desarrollo del teletrabajo como un medio de desarrollo del empleo, ha forzado a los sindicatos a tomar una postura al respecto y llegar a consensos con los diferentes agentes sociales implicados.

Según recientes análisis118, las posiciones de los sindicatos europeos podrían dividirse en dos. Las principales organizaciones sindicales activas en los países europeos de cultura anglosajona (Escandinavia, Alemania, Países Bajos, Gran Bretaña) defienden una postura pragmática, mientras que las de los países del sur (Francia, Bélgica, Italia, España) ofrecen una visión del fenómeno mucho más ideológica (Boivin, 2001). Esta diferencia de postura se debe en gran medida a una diferencia cultural, pero se explica principalmente por el hecho de que el teletrabajo está mucho más desarrollado en los países del norte de Europa.

Ante el crecimiento de los teletrabajadores sindicados, las centrales sindicales se han visto obligadas a modificar sus posturas iniciales, contrarias a este tipo de trabajo. Ya en 1985, Elling señalaba que los sindicatos eran generalmente escépticos sobre los beneficios del teletrabajo, debido sobre todo a la atomización de la fuerza laboral. La mayoría de los sindicatos consideran que el

118 Es posible profundizar en el tema a través del documento de investigación “La perspectiva organisationnelle – Rélations de travail”, bajo la dirección de Jean Boivin.

Université Laval. www.cefrio.qc.cq/teletravail

teletrabajo es una forma moderna de trabajo industrial a domicilio, el cual tradicionalmente ha sido sinónimo de bajos salarios y de malas condiciones de trabajo119. Hasta hace relativamente poco tiempo los sindicatos se centraban en mostrar el peligro que surge ante el vacío jurídico, que facilita el abuso. Así, el principal objetivo de los sindicatos es que el teletrabajo no tenga como finalidad única la de modificar el status del asalariado transformándolo en un trabajador independiente. Afirman que las naturalezas de ambas situaciones son demasiado diferentes para que se pueda simplemente sustituir uno por el otro, y la diferencia de condiciones no favorece la situación del colectivo de trabajadores. Como vemos en la tabla 3.7., entre estas condiciones se señalan tantos aspectos perjudiciales para el trabajador como para el propio sindicato:

Tabla 3.7. Inconvenientes del teletrabajo para trabajadores y sindicatos

Inconvenientes del teletrabajo para

el trabajador Inconvenientes del teletrabajo para los sindicatos

• Horas excesivas de trabajo

• No remuneración de las horas extras

• Falta de baja por enfermedad

• Estrés por las normas de productividad más elevadas

• Riesgo de falta de indemnización en los accidentes de trabajo

• Riesgo de no declarar ciertos síntomas de enfermedad o lesión

• Riesgo de pérdida del status de asalariado

• Disminución de la solidaridad y de la militancia sindical.

• Riesgo de falta de apoyo de los teletrabajadores en las huelgas.

• Pérdida de asociados debido a su paso a trabajadores autónomos.

Fuente: elaboración propia a partir de las entrevistas en profundidad.

119 Esto llevó a algunos sindicatos a pedir la prohibición por ley del teletrabajo, como el congreso de la Confederación Sindical Alemana (DGB), que en 1986 aprobó una resolución preconizando la adopción de una ley que prohibiera el trabajo electrónico a domicilio, ya que, según ellos, debilitaba la protección de los derechos de los trabajadores y minaba la participación de éstos en la empresa (Di Martino y Wirth, 1990).

Citado por Padilla, A. (1998).

Esta postura inicial era comprensible, y en algunas zonas del sur de Europa continúa siendo la tónica dominante. Desde el punto de vista sindical las consecuencias del teletrabajo sobre aspectos fundamentales del contrato de trabajo no son despreciables y deben ser tratadas con interés y atención particular. Aspectos determinantes considerados durante largo tiempo como los pilares fundamentales del contrato de trabajo, como son el lugar y el tiempo de trabajo, se desestructuran completamente; factores como el aislamiento, la falta de supervisión, la flexibilidad, parecen poner en peligro las condiciones necesarias para el desarrollo de la solidaridad de la acción colectiva, minando la base de los fundamentos del sindicalismo tradicional

Con el paulatino desarrollo del teletrabajo (principalmente en los países del norte de Europa) y el aprecio que muestran por su entorno de trabajo muchos de los trabajadores, se ha producido un cierto cambio en las perspectivas defendidas por los sindicatos. Lo que demandan es ser consultados y tener voz a la hora de tomar decisiones y establecer opciones. (Di Martino y Wirth, 1990).

A pesar de esta evolución en los sectores sindicales, la actual situación legislativa y los convenios colectivos no favorecen el cambio total de postura de los sindicatos e indican que es necesario un acuerdo especial para el teletrabajo.

En este acuerdo, los sindicatos continúan defendiendo que las cargas de esta nueva organización deben correr a cargo de los empresarios, y que la vida privada del trabajador debe ser protegida, teniendo en cuenta las consecuencias sobre el entorno familiar debido al trabajo realizado en el domicilio (Compannie, 1997). Entre las razones actuales que dan los sindicatos para no influir

positivamente en sus miembros para que acepten el teletrabajo, destacan: el rápido avance de la innovación, la complejidad de las tecnologías, los recursos limitados en investigación y experiencias, la relativa pérdida de poder de los sindicatos, y el poder que toman las grandes corporaciones multinacionales del sector de las TIC (Horner y Day, 1995).

En el caso de España, Juan Blanco, miembro del Gabinete Técnico confederal de la central sindical Comisiones Obreras, señalaba que los sindicatos apuestan por una postura más social (mediante la planificación del beneficio y de la dimensión social del teletrabajo) para así preservar sobre todo los derechos de los trabajadores. De este modo, los sindicatos deberían participar desde el principio en el diseño y la planificación de los nuevos modos de organización, garantizando así la participación voluntaria de los trabajadores y el éxito de la experiencia (Padilla, 1998).

Un ejemplo del interés mostrado en los últimos años por los sindicatos en el teletrabajo es el Observatorio Sindical de Prácticas y Consecuencias del Teletrabajo. Este observatorio es un proyecto europeo, fruto de la colaboración de varias instituciones120 relacionadas con las grandes confederaciones sindicales europeas. Su principal objetivo se centra en responder a las diferentes realidades, alimentar el debate y movilizar a los actores socieconómicos, recogiendo y tratando la información, realizando análisis, experiencias y

120 El OSPRACT está formado por instituciones sindicales de diferentes países de Europa: Instituto Wallon de Estudios de Investigación y de Formación – Iwerf. (FGTB-Bélgica); Instituto Sindical de estudios y de investigaciones económicas y sociales–

ISERES (CGT-Francia); Instituto de investigaciones económicas y sociales – IRES (CGIL - Italia); Fundación Formación y Empleo “Miguel Escalera”-FOREM (CC.OO. España).

www.ospract.org/ospract/es/default.htm

testimonios relativos al teletrabajo, y poniéndolas a disposición del conjunto de los trabajadores y sus organizaciones.