• Aucun résultat trouvé

Financiación y titularidad

Dans le document Acceso a internet en México (global) (Page 188-191)

CAPÍTULO V. ANÁLISIS DE DATOS Y RESULTADOS

2. Entrevistas

2.1. Expertos en Televisión pública en México

2.1.2. Financiación y titularidad

Al respecto coinciden en que es un aspecto en el cual siempre ha habido tensión y dada la normativa de radiodifusión en México no se ha podido garantizar la independencia editorial que surge a partir de la económica, ni tampoco otras formas de alcanzarla. Brambila insiste en la necesidad de abrirse a nuevas formas y modelos de obtener recursos y sobre una verdadera reflexión sobre si es deseable y conveniente para un país como México, además de que es un desafío que se agudiza más con las nuevas tecnologías, que serían también una ventana de oportunidades. Pone como ejemplo el caso de Chile, en donde se ha planteado el financiamiento de una televisión pública con recursos privados y aunque ha habido detractores ha sido una forma de garantizar cierta independencia o diversificar las fuentes de financiamiento.

Sobre cuestiones prácticas, Brambila considera que debe apostarse por el perfil digital, en su estrategia online y en el contenido transmedia, así como buscar nuevas audiencias, apps, herramientas digitales e incluso tal vez buscar algún modelo de negocio por publicidad online. Insiste en que el mercado se dirige a la parte digital y abre opciones no sólo de audiencias sino también de financiamiento.

188 Comenta además que podría considerarse el impuesto televisivo o licencia como en algunos países de Europa, tal vez no es la mejor idea para México pero puede discutirse, puede ser a nivel local y el primer aspecto es la transparencia en la administración de este recurso.

Norma Pareja habla de un modelo mixto, parecido al del Canal 22, que garantice la autonomía del canal, pero conservando fuentes públicas de financiamiento:

“Aunque  sí  se  conserve  la  relación  [con  el  Estado]  por  el  tema  del  presupuesto,   que debe ser un presupuesto público porque se deben a la ciudadanía, pero si se abren nuevas posibilidades de comercializar espacios les brinda mayor autonomía. Porque el presupuesto ha sido con lo que más ha presionado el Estado  a  los  medios,  incluso  a  los  privados”  (Pareja,  2017).

Se considera como opción una figura intermedia, parecida al modelo mixto del Canal 22, que justamente se promueve ahora con la ley del 2014 bajo el concepto de concesión de uso público. A partir de lo anterior, Pareja dice que este modelo les brinda autonomía de presupuesto pero de acuerdo a Alva de la Selva, no es exactamente así, porque esta ley ha impuesto muchas condiciones específicas, entre las cuales está el no vender espacios con beneficio económico, de tal manera que están  un  tanto  “atados  de  manos”.

Alva de la Selva también refiere a un modelo en donde se dé más libertad de obtención de recursos por medios de patrocinios y publicidad pero respetando mucho a las audiencias, lo que coincide a su vez con la perspectiva de Patricia Ortega, quien habla de un modelo con asignación de presupuesto fijo pero con posibilidad de otros patrocinios, siempre que vaya de acuerdo con la línea editorial. Hace referencia al caso de Alpura en Canal 22, que se anunció en horario de media noche y contenidos para adultos y reclamó al canal porque estos contenidos no tenían que nada ver con la marca que anunciaban. Esto sucedió cuando Jorge Volpi era el director del Canal 22, quien no sé retractó y Alpura dejó de patrocinar, pero se dejó claro que la línea era una y no iban a modificarla terceros. Para que puedan obtener recursos por patrocinios deben estar las reglas muy claras. También que se distinga muy bien lo que es publicidad y lo que es contenido, por respeto a la audiencia. Respecto al mismo tema, Alva de la Selva propone que otra forma de financiarse sería con publicidad del

189 Estado, ya que sería un dinero que le darían a los medios públicos, en vez de anunciarse tanto en medios comerciales y pagarles a los que más ingresos tienen.

Florence Toussaint, por su parte, no ve muchas alternativas y desde su punto de vista no hay otras opciones viables o modelos de financiación para medios públicos, considera que la existente es la adecuada pero no para México, ya que no funciona y tienen que hacerse cambios profundos a la normativa en telecomunicaciones. La razón de ser de la televisión pública es que opera con presupuesto público y se debe a los ciudadanos, por lo cual el obtener recursos de otro modo tendría que estar muy bien justificado con su audiencia.

Como se ha mencionado, el modelo de financiación va de la mano de la titularidad o figura jurídica que el canal tenga. Los expertos coinciden en general en que lo más adecuado sería una figura intermedia como la que ya se ha propuesto en la ley del 2014, parecida al modelo mixto de Canal 22 pero con más libertades y a su vez con lineamientos específicos, ya que la actual concesión de uso público restringe mucho a las televisoras de otras formas de obtener recursos. Toussaint no considera que deba cambiar la figura jurídica, sino el sistema televisivo mexicano actual.

Los expertos también resaltan otro tema sobre titularidad, referente a la figura de medios comunitarios que existe en México. Norma Pareja explica que son aquellos administrados por colectivos sociales, por grupos de la sociedad civil que representan intereses específicos, como indigenistas, de género. A diferencia de los medios públicos que han sido generados desde el Estado, los comunitarios han sido promovidos por grupos sociales organizados, que en muchas ocasiones han operado sin presupuesto público y los participantes han invertido en el equipo necesario para transmitir programación. Para Brambila y otras autoras que él mismo cita (Calleja y Solís, 2005), los medios comunitarios se acercan mucho al concepto ideal británico de medios públicos, ya que hacen la función de cubrir las necesidades informativas de la comunidad. Desafortunadamente, debido a que algunos operaban al margen de la ley, la normativa llegó a criminalizarlos porque es delito federal usar el espectro radioeléctrico sin permiso. Aunque es verdad que requerían una sistematización, los obliga a competir y a buscar sus propios recursos como los medios comerciales y su operación se vuelve compleja por otra serie de condiciones que han impuesto para

190 ellos (Pareja, 2016). Alva de la Selva afirma también que desde la ley tienen que distinguir muy bien lo que son porque actualmente se penaliza a quien no tenga este título y use el espectro, pero se han impuesto tantas condiciones que actualmente es más fácil abrir un medio privado que uno comunitario o público.

Dans le document Acceso a internet en México (global) (Page 188-191)