• Aucun résultat trouvé

Objetivos, formas y metodología de los programas de asistencia

Dans le document DERECHOS HUMANOS Y (Page 147-151)

Los responsables de redactar una declaración de derechos constitucionales disponen de un ingente caudal de experiencias internacionales y antecedentes nacionales y, en la práctica, suelen aprovecharlos. Ello ocurre en formas más o menos institucionalizadas. El sistema de las Naciones

93 E/C.12/SLV/CO/3-5 (2014); E/CN.4/2006/78/Add.2 (2005).

94 CERD/C/HND/CO/1-5 (2014).

95 CERD/C/MEX/CO/16-17 (2012).

96 CERD/C/KGZ/CO/5-7 (2013).

97 E/C.12/BEL/CO/3 (2008).

98 CERD/C/SVN/CO/6-7 (2010).

Unidas, las organizaciones regionales, los gobiernos, las instituciones especializadas y las organizaciones no gubernamentales suelen prestar asistencia institucionalizada en diversos marcos de cooperación. Los gobiernos u otras partes en los procesos de reforma constitucional también acuden a expertos internacionales que prestan asistencia a título personal.

Existen algunos principios generales que deberían orientar la prestación de asistencia internacional para las reformas constitucionales, que son compatibles en gran medida con el marco general de cooperación técnica.

Si bien algunos ya han sido mencionados en el presente documento, puede ser útil resumir aquí los principios pertinentes de políticas que figuran en la nota orientativa del Secretario General sobre la asistencia de las Naciones Unidas en los procesos constituyentes:

1. Aprovechar la oportunidad de consolidar la paz en países que atraviesen una situación de conflicto o acaben de salir de ella. Los procesos constituyentes pueden brindar nuevas oportunidades para abordar las causas fundamentales de un conflicto y elaborar soluciones sostenibles. En muchas situaciones, un proceso constituyente basado en los derechos humanos es uno de los procesos que posibilita la resolución de un conflicto.

2. Promover el cumplimiento de las normas y los principios internacionales. La cooperación internacional debería promover las normas internacionales de derechos humanos como una referencia esencial para las reformas constitucionales y abordar los derechos reconocidos en el derecho internacional de los grupos que hayan sido objeto de discriminación y marginación.

3. Velar por la implicación nacional. Una condición básica para el éxito es que el país se implique en el proceso de elaboración y reforma de una constitución. Los actores internacionales deben facilitar asistencia técnica internacional a los asociados nacionales, pero sin imponérsela, y demostrar que comprenden las prioridades, las tradiciones y los sistemas jurídicos de cada país.

4. Fomentar la inclusión, la participación y la transparencia. Estas son condiciones decisivas para la legitimidad de las reformas constitucionales. El proceso de reforma no debería integrar solamente a las autoridades públicas, sino a todos los sectores de la sociedad,

incluidos los pueblos indígenas y las minorías, las organizaciones que representan a las mujeres, las organizaciones no gubernamentales, las instituciones académicas, los partidos políticos, los medios de comunicación y las organizaciones profesionales del ámbito del derecho, entre otros.

5. Movilizar y coordinar una amplia variedad de conocimientos especializados. Una asistencia eficaz requiere la contribución de diversos actores. Por consiguiente, todas las partes deben procurar armonizar la asistencia constitucional.

6. Promover un seguimiento adecuado. Las reformas constitucionales no terminan con la aprobación de una nueva constitución, sino que deben complementarse con medidas ulteriores en el ámbito de la educación pública, la formación profesional y otras formas de fomento de la capacidad.

7. Velar por la transparencia y la rendición de cuentas de la asistencia internacional. Este es uno de los requisitos previos esenciales para la credibilidad del asesoramiento externo.

El objetivo general de prestar asistencia en la redacción de una declaración de derechos es aumentar la capacidad de los asociados nacionales para que elaboren un proyecto de constitución o de reforma constitucional que se ajuste plenamente a las normas internacionales de derechos humanos, teniendo en cuenta la correspondiente interpretación formulada por los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos y otros mecanismos de derechos humanos. Además de servir de inspiración y orientación general a los legisladores nacionales, las normas internacionales de derechos humanos deben verse como un criterio para evaluar las soluciones jurídicas, prácticas y de políticas adoptadas a nivel nacional. Como se señala en la nota orientativa: “La asistencia requerida puede abarcar desde el asesoramiento jurídico hasta la facilitación de negociaciones entre las partes interesadas sobre la estructura del proceso y los principios constitucionales fundamentales. También puede requerirse asistencia para establecer campañas de consulta y educación pública, suministrar apoyo administrativo, financiero y jurídico al órgano constituyente o prestar asesoramiento sobre los procedimientos para la aprobación definitiva”.

Prestar asistencia internacional es una tarea difícil. Algunos actores nacionales pueden sentirse inclinados a rechazar la presencia de asesores internacionales por considerar que el proceso constituyente es un acto soberano que pueden realizar ellos mismos. Además, la asistencia internacional a menudo resulta perjudicada por la falta de coordinación. Es esencial que los actores internacionales entiendan a los actores nacionales que llevan adelante el proceso constituyente y respeten sus posiciones y sus aspiraciones. Gracias a esa comprensión, los actores internacionales pueden ser reconocidos por la función que desempeñen como mediadores, promotores o proveedores de conocimientos especializados sobre un tema determinado. Algunos ejemplos de medidas positivas son: organizar seminarios sobre las cuestiones concretas que se abordarán en el proyecto de constitución; suministrar libros de referencia y otros documentos que los actores nacionales que participen en el proceso puedan usar como bibliografía de consulta; y prestar apoyo para elaborar documentos y otros materiales que puedan usarse, por ejemplo, para informar a la ciudadanía sobre el proceso constituyente y sobre el contenido del proyecto de constitución, una vez que esté terminado.

Otras medidas positivas pueden consistir en suministrar información sobre las experiencias de otros Estados con los procesos constituyentes. Se puede, por ejemplo: proporcionar información sobre la manera en que otros países han abordado la cuestión de la responsabilidad penal en el marco de un conflicto étnico; proporcionar información sobre las comisiones de la verdad y la reconciliación; proporcionar información sobre las normas y mecanismos internacionales; y, en la etapa de aplicación, prestar asistencia técnica para establecer instituciones o redactar leyes de ejecución. Al prestar asistencia, los actores internacionales deben asegurarse de que comprenden la coyuntura política del país, pues un proceso constituyente es, en definitiva y ante todo, un proceso nacional de carácter político.

Los equipos de las Naciones Unidas en los países, en cooperación con el ACNUDH, desempeñan un papel fundamental en la prestación de la asistencia internacional. Los derechos humanos, la igualdad de género y el empoderamiento de la mujer constituyen uno de los cuatro principios fundamentales que se derivan de las normas y los principios cuya defensa y promoción tienen encomendadas las Naciones Unidas y que deben

orientar todas las actividades de programación en los países99. Estos principios de derechos humanos proporcionan un marco para integrar la necesidad de reformas constitucionales en las evaluaciones comunes para los países y el Marco de Asistencia de las Naciones Unidas para el Desarrollo. Según el país de que se trate y la situación particular de ese país, el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), la Entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de las Mujeres (ONU-Mujeres), el Departamento de Asuntos Políticos de las Naciones Unidas y el Departamento de Operaciones de Mantenimiento de la Paz pueden desempeñar un papel particularmente importantes en un proceso constituyente y pueden solicitar a este respecto la cooperación del ACNUDH sobre cuestiones relacionadas con los derechos humanos.

Dans le document DERECHOS HUMANOS Y (Page 147-151)