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CONVENIO DE CHICAGO: EL ANEXO 16

4. NORMATIVA INTERNACIONAL Y ÓRGANOS

4.2 CONVENIO DE CHICAGO: EL ANEXO 16

El Anexo 16 Protección al medio ambiente del Convenio de Chicago de 1944 preparado por la Organización de la Aviación Civil Internacional regula por primera vez medidas sobre la contaminación que produce la aviación civil a nivel internacional.

En sus inicios este anexo no destacó por su importancia y aun que se incluyó en el Convenio se trató superficialmente prestando atención a la contaminación acústica, dejando casi sin relevancia la relacionada con los GEI.

Así pues, el Anexo 16 consta de dos volúmenes: el Volumen I es el que contempla la contaminación acústica y el Volumen II, relacionado con las emisiones de los motores de las aeronaves civiles.

En relación al Volumen II, fue en la resolución adoptada por la Asamblea de la OACI en 1971 en la que se asentaron por primera vez medidas concretas relacionadas con las emisiones así como la propuesta detallada para que la OACI fijara normas para el control de las emisiones. Tras estas primeras medidas concretas, se estableció en 197727 el CAEE28 que pasó a ser el comité de la OACI encargado de la materia y que prosiguió con la tarea de determinar medidas concretas.

Las medidas concretas que estableció el CAEE se centraban básicamente en establecer definiciones, limitación de emisiones durante el ciclo LTO29 así como determinar los instrumentos y técnicas adecuadas para mesurar las emisiones y los métodos estadísticos para la evaluación de los resultados. De este modo, las nuevas normas fueron adoptadas en 1981 durante la segunda reunión del CAEE ampliando el alcance inicial del Anexo 16 e introduciendo el ya citado Volumen II.

Paralelamente, el CAN30 fue realizando distintas medidas relacionadas con la contaminación acústica y en 198331 se unificaron el CAN y el CAEE para formar el CAEP32. En sus inicios, la estrategia del CAEP se centraba en promover la buena calidad del aire alrededor de los aeropuertos mediante el ciclo LTO.

Pero tras el incremento de la concienciación global de la importancia del cambio climático, en sus reuniones, el CAEP fue redirigiendo su estrategia y enfocándola no solo a la calidad del aire en los aeropuertos sino que la amplió al efecto de las emisiones de la aviación al cambio climático.

Actualmente el CAEP es el comité de la OACI que se encarga de formular las nuevas políticas y estándares que regula la Organización en relación a la contaminación de la aviación civil tanto acústica como de emisiones de GEI. El CAEP se compone tanto por miembros como por observadores y se estructura mediante tres grupos de trabajo que se encargan de la parte técnica y operacional de operadores aéreos y aeropuertos relacionada con la reducción de la contaminación acústica y de GEI; y cuatro grupos de soporte

27 Según el Foreword, Historical background del documento OACI, Annex 16 to the Convention on International Civil Aviation - Environmental Protection - Volume II Aircraft Engine Emissions, 3a edición, Montreal, 2008 en www.icao.int

28 CAEE: Committee on Aircraft Engine Emissions de la OACI.

29 Landing Take Off: Ciclo de aterrizaje y despegue que comprende las cinco fases de vuelo (Taxi out, Take off, Climb out, Landing, Taxi in) sin tener en cuenta la de crucero.

30 CAN: Committee on Aircraft Noise de la OACI.

31 Pág. 13, OACI, 2013 Environmental Report, Aviation and Climate Change, OACI Protección al Medio Ambiente, Montreal, 2013 en www.icao.int

32 CAEP: Committee on Aviation Environmental Protection de la OACI.

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de los que uno proporciona información económica de los costes y de los beneficios de las propuestas de los grupos de trabajo, otro realiza modelos y bases de datos, otro trabaja con la herramienta de cálculo de emisiones de la OCAI33 y el último estudia desde una perspectiva científica los impactos de la aviación en el medio ambiente. El CAEP se reúne cada tres años y revisa conjuntamente las actividades llevadas a cavo por los grupos de trabajo y por los de soporte. Una vez se establecen los puntos definitivos se comentan con la Comisión de Navegación Aérea y con el Comité de Transporte Aéreo de la propia OACI y, si se recomienda que se incluyan como nuevas medidas, los Estados miembros son consultados y finalmente la OACI realiza la enmienda.

La OACI, es la agencia especialidad de las Naciones Unidas que se creó en 1944 y se encargada de “promover el desarrollo seguro y ordenado de la aviación civil internacional de forma global”34 así como de establecer los estándares y regulaciones necesarias para la seguridad, la eficiencia y protección al medio ambiente de la aviación civil internacional para los 191 países que la forman.

La agencia se constituye por la Asamblea, el Consejo y el Secretariado. La Asamblea se compone por representantes de cada Estado Miembro y es el cuerpo soberano de la Organización que se encarga de establecer las políticas y normativas así como de aprobar los presupuestos generales en las reuniones que realiza cada tres años. El Consejo es el cuerpo de gobierno y está formado por 36 estados que son elegidos por la Asamblea cada tres años según la importancia del estado en el transporte aéreo, la aportación de infraestructuras para la aviación así como aquellos estados que representan las principales regiones del mundo. El Consejo se nutre de los distintos grupos de trabajo, comités y de otras Agencias Especializadas de la Naciones Unidas como la Organización Mundial de la Salud, la Organización Meteorológica Mundial y también de organizaciones no gubernamentales como la IATA35, el Consejo Internacional de Aeropuertos o la Federación de Pilotos de Líneas Aéreas. El Consejo adopta las prácticas y recomendaciones de los distintos grupos de trabajo que posteriormente la Asamblea aprueba. Finalmente, el Secretariado se compone por cinco divisiones.

33 La herramienta de la OACI conocida como la Calculadora de emisiones que se proporciona a los operadores para que puedan calcular, mediante los estándares establecidos previamente por la Organización, las emisiones por cada salto.

34 OACI, About ICAO, www.icao.int

35 International Air Transport Association, asociación internacional de líneas aéreas que acoge a un total de 240 aerolíneas que representan el 84% del tráfico aéreo mundial. IATA, en www.iata.org

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