Decreto del estado de alarma:
¿Qué podemos hacer y qué no?
EL PERIÓDICO BARCELONA,16 /03 /2020
El 15 de Marzo de 2020 se publica en España el real decreto por el que se declara “el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis
sanitaria ocasionada por el Covid-19”.
Su vigencia es de 15 días naturales, que pueden prorrogarse. El texto ya se utiliza como una guía para saber lo que pueden o no pueden hacer
durante estas dos semanas los españoles.
Estas son algunas de las preguntas que ya tienen respuesta:
1. ¿Puedo salir a la calle? La orden es permanecer en casa. Sin embargo, según el texto, los españoles podemos salir a la calle para comprar
alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad; ir al médico y a los centros sanitarios; ir a trabajar, a cuidar a personas mayores,
menores o dependientes; ir al banco o a la oficina de seguros.
2. ¿Puedo salir a comprar tabaco? Es uno de los puntos que plantea más dudas. Según las pautas anteriores, no, a no ser que se considere el tabaco un producto de primera necesidad. Sin embargo, los estancos están
autorizados para seguir abiertos.
3. ¿Puedo sacar al perro? Solo una persona puede sacar al perro a la calle, teniendo cuidado de no mantener contacto próximo con otras personas.
4. ¿Puedo salir a dar un paseo? Esta actividad no está contemplada en el punto que hace referencia a las salidas al exterior.
5. ¿Puedo salir a correr ? Los ‘runnings’ tienen que hacer ejercicio en casa. Además los gimnasios y centros deportivos cierran. Las piscinas tampoco abren sus instalaciones.
6. ¿Puedo ir a la peluquería y a la tintorería? Sí. El Gobierno las incluye en la lista de excepciones por razones de higiene. Hay personas que no tienen lavadora en casa y no pueden lavar a más de 60 grados, como es recomendable para la ropa, sábanas y toallas de las personas contagiadas o con síntomas, además de que los hospitales usan también las tintorerías para la limpieza. En el caso de las peluquerías, son parte fundamental del aseo de muchas personas mayores, ya que no pueden lavarse la cabeza.
7. ¿Puedo ir a comprar el periódico? Los locales de venta de prensa y los estancos permanecen abiertos. También suben las persianas las ópticas, ortopedias, tiendas de alimentación para animales y tiendas de servicios informáticos. De todas formas, en todos estos establecimientos hay que respetar las medidas de seguridad.
8. ¿Puedo ir a comer a un restaurante? Se suspenden las actividades de hostelería y restauración, pero sí funcionarán los servicios de entrega a domicilio.
9. ¿Puedo llevar a los niños al parque? Los parques están cerrados, ya que pueden ser foco de infección. Así que los pequeños deben quedarse en casa salvo causa de fuerza mayor.
10. ¿Puedo ir al gimnasio o al cine? Por motivos de seguridad, permanecen cerrados los cines, los teatros, los museos y salas de exposiciones, las bibliotecas y los gimnasios. Tampoco se celebran las fiestas populares.
11. ¿Puedo visitar a amigos o familiares? Solo en el caso de personas de edad avanzada, dependientes, con discapacidad que necesitan ayuda y asistencia. Se debe extremar las medidas de seguridad e higiene, ya que se trata de personas a las que les puede afectar en mayor medida el
coronavirus.
12. ¿Puedo coger el metro o el autobús? Los transportes públicos
funcionan, pero solo está permitido utilizarlos en los casos expuestos en el punto uno. Seguir las medidas de seguridad volverá a ser imprescindible.
13. ¿Circularán trenes, aviones y barcos? Sí, pero en menor medida. A excepción de los trenes de cercanías y mercancías, que mantendrán al 100
% el servicio, los de media y larga distancia verán la frecuencia reducida al 50%.
14. ¿Puedo ir a misa, al tanatorio o celebrar mi boda? Sí, pero con restricciones : sin aglomeraciones para maximizar la seguridad, se
establece un número máximo de personas. Los asistentes deben respetar la medida de mantener la distancia entre ellos de, al menos, un metro y medio .