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Consideraciones relativas a la aplicación de un enfoque basado en el riesgo para los viajes internacionales en el contexto de la COVID-19

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Academic year: 2022

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Antecedentes

A medida que continúa la pandemia de COVID-19, los Estados Miembros deben adoptar medidas apropiadas para reducir la transmisión del SARS-CoV-2, el virus causante de la COVID-19, durante los viajes internacionales, en vista de que las medidas integrales de salud pública adaptadas al contexto epidemiológico y a la capacidad local pueden mitigar sustancialmente el riesgo, pero no pueden eliminarlo por completo. Por lo tanto, se necesita un enfoque basado en el riesgo para los viajes internacionales.

La Organización Mundial de la Salud (OMS) aconseja que en los viajes internacionales siempre se dé prioridad a las emergencias y las actividades humanitarias (como los vuelos médicos de emergencia y las evacuaciones médicas), los viajes de personal esencial (servicios de emergencia, proveedores de apoyo técnico en materia de salud pública y personal crítico de los sectores del transporte y la seguridad, como los navegantes), las repatriaciones y el transporte de suministros esenciales, como alimentos, medicamentos y combustible.

Este documento de orientación provisional presenta a las autoridades nacionales un enfoque, paso por paso, para tomar decisiones a fin de calibrar las medidas de mitigación de riesgos y establecer políticas con respecto a los viajes internacionales. El documento tiene tres partes: evaluación de riesgos, mitigación de riesgos y comunicación de riesgos. El enfoque basado en el riesgo y las consideraciones conexas se aplican a los viajes internacionales por aire, mar1 o tierra entre países, territorios o zonas subnacionales.2 La finalidad del documento es ayudar a los países a reanudar gradualmente los viajes internacionales, con el objetivo principal de reducir la exportación, la importación y la transmisión posterior del SARS-CoV-2 relacionadas con viajes y evitar al mismo tiempo interferencias innecesarias en el tránsito internacional.

1 A los efectos del presente documento, los viajes marítimos son viajes internacionales por mar o una masa de agua interior. No obstante, los cruceros no están comprendidos en esta guía en vista de sus numerosas especificidades.

2 Para facilitar la lectura de este documento de orientación, en adelante se usarán los términos “país” o “países” para expresar el concepto de “países, territorios o zonas subnacionales”.

Puntos principales

• Durante la pandemia de COVID-19, siempre se debe dar prioridad en los viajes internacionales a las emergencias y las actividades humanitarias, los viajes de personal esencial, las repatriaciones y el transporte de suministros esenciales, como alimentos, medicamentos y combustible.

• A medida que los países vayan reanudando los viajes internacionales, la introducción de medidas de mitigación de riesgos encaminadas a reducir la exportación, la importación y la transmisión posterior del SARS-CoV-2 no debería interferir innecesariamente en el tránsito internacional y debería basarse en una evaluación exhaustiva, sistemática y periódica del riesgo.

• Los responsables de las decisiones en los Estados Miembros pueden evaluar el riesgo mediante una combinación de métodos (que se explica en este documento y en el instrumento conexo de evaluación de riesgos) a fin de calcular la carga adicional de una posible importación de casos de COVID-19 y de formular políticas según la capacidad que tengan para hacer frente a esta carga.

• Los viajeros internacionales no deben ser considerados de por sí como casos sospechosos de COVID-19 o como contactos de casos. Por lo tanto, la OMS no recomienda tratar a los viajeros como grupo prioritario para las pruebas.

• El uso de “certificados de inmunidad” para los viajes internacionales en el contexto de la COVID-19 no tiene por el momento fundamento científico y, por lo tanto, la OMS no lo recomienda.

• La salud y el bienestar general de las comunidades deben ser las consideraciones principales a la hora de seleccionar y aplicar medidas internacionales relacionadas con los viajes.

Consideraciones relativas a la aplicación de un enfoque basado en el riesgo para los viajes internacionales en el contexto de la COVID-19

Orientación provisional

16 de diciembre del 2020

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El documento se basa en documentos anteriores de orientación provisional de la OMS sobre vigilancia, medidas sociales y de salud pública, prevención y control de infecciones, comunicación de riesgos y participación comunitaria, cuyas recomendaciones han sido adaptadas al contexto específico de los viajes internacionales en un marco de gestión de riesgos. Es el producto de amplias consultas con todos los departamentos pertinentes y oficinas regionales de la OMS, así como con los miembros del Grupo Consultivo Estratégico y Técnico sobre Peligros Infecciosos (STAG-IH por su sigla en inglés) (1) y de un grupo consultivo técnico especial encargado de elaborar un enfoque basado en el riesgo para la reanudación de los viajes internacionales en el contexto de la COVID-19.

Debe leerse junto con el anexo 1 del presente documento, “Instrumento de evaluación de riesgos para fundamentar las medidas de mitigación aplicables a los viajes internacionales en el contexto de la COVID-19”, y la orientación provisional de la OMS sobre la aplicación y el ajuste de medidas sociales y de salud pública en el contexto de la COVID-19 (2).

Enfoque de evaluación de riesgos para aplicar medidas de mitigación de riesgos a los viajes internacionales

La introducción, el ajuste y la suspensión de las medidas de mitigación de riesgos deben basarse en una evaluación exhaustiva, sistemática y periódica del riesgo (realizada idealmente cada dos semanas). Es posible que no siempre haya información detallada sobre los indicadores de transmisión local, la capacidad de los servicios de salud y las medidas sociales y de salud pública de los países de salida. Por lo tanto, se recomienda un enfoque centrado en los datos disponibles en los países de destino. Se deben tener en cuenta los siguientes factores en relación con todos los países:

• la situación epidemiológica local (3) en los países de salida y de destino;

• el volumen de viajes entre ambos países;

• la capacidad y el desempeño de los servicios de salud pública y de salud (2) para detectar y atender casos y sus contactos, incluso entre los viajeros, en el país de destino;

• las medidas sociales y de salud pública aplicadas para controlar la propagación de la COVID-19 en los países de salida y de destino, y la evidencia de la observancia de dichas medidas y de su efectividad para reducir la transmisión;

• factores contextuales como el impacto económico, los derechos humanos y la posibilidad de aplicar medidas, entre otros.

En el “Instrumento de evaluación de riesgos para fundamentar las medidas de mitigación aplicables a los viajes internacionales en el contexto de la COVID-19” (véase el anexo 1) se proporciona orientación detallada sobre la forma de usar una combinación de métodos para evaluar el riesgo que incluya datos cuantitativos y cualitativos. En el anexo 1 se presenta un algoritmo con ejemplos para ilustrar diferentes situaciones hipotéticas. Esta metodología de evaluación de riesgos es más útil para los países de destino donde haya transmisión comunitaria, en los cuales la principal preocupación sea no sobrecargar la capacidad del sistema de salud. En los países donde no haya casos o solo haya casos importados o esporádicos o un pequeño número de conglomerados de casos, se podrían aplicar medidas complementarias relacionadas con los viajes de conformidad con las consideraciones descritas en el apartado 3 del anexo 1 a fin de mantener esa situación.

En el caso de algunas rutas importantes, los países podrían efectuar arreglos bilaterales con el fin de obtener más información sobre los factores epidemiológicos antes mencionados. Esto puede ayudar a fundamentar las evaluaciones de riesgos, como las relacionadas con algunos grupos específicos de viajeros.

La OMS aconseja a las autoridades nacionales que difundan de forma proactiva y transparente datos actualizados sobre la incidencia de la COVID-19, la capacidad de los servicios de salud pública y de salud, y la aplicación de medidas sociales y de salud pública. La presentación de información oportuna permite a las autoridades nacionales y subnacionales y a los viajeros tomar decisiones fundamentadas. Es importante contar con información epidemiológica a nivel subnacional, dado que esto permite aplicar medidas relacionadas con los viajes en el nivel administrativo más bajo posible.

Las autoridades nacionales deben publicar su metodología de evaluación de riesgos y la lista de países de salida a los que se aplican restricciones, y actualizarla regularmente.

Preguntas clave para guiar la evaluación de riesgos

Las siguientes preguntas generales pueden orientar los procesos nacionales y subnacionales de toma de decisiones para aplicar medidas de mitigación de riesgos relacionadas con los viajes y el asesoramiento a los viajeros.

- Para las llegadas:

• ¿Es probable que el número de casos que se importarán del país de salida tenga un efecto significativo en el nivel actual de transmisión en el país de destino?

 ¿Cuál es la probabilidad de que las personas del país de salida estén infectadas?

 ¿Cuál es el volumen de viajes por todas las vías (aire, tierra y mar)?

• ¿Tiene el país de destino suficiente capacidad de respuesta para hacer frente al posible aumento de los casos importados del país de salida, incluida la capacidad de comunicación de riesgos para informar a los viajeros que llegan, en los idiomas apropiados, sobre los mecanismos para buscar atención de salud

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- Para asesorar a personas que salen de viaje:

•¿Qué probabilidades hay de que los viajeros contraigan la infección en el país de destino en comparación con la probabilidad de contraerla en el país de salida?

• ¿Tiene el país de destino suficiente capacidad de respuesta para tratar a los viajeros que necesiten atención médica mientras viajan?

•¿Tiene el país de salida suficiente capacidad para aplicar medidas sociales y de salud pública obligatorias a los viajeros que regresan, de ser necesario?

Otras consideraciones

Las decisiones sobre la mitigación de riesgos deben sopesarse con los efectos que estas medidas tienen en la sociedad, incluso en la salud mental y el bienestar psicosocial, los derechos humanos, la seguridad alimentaria, la economía, las disparidades socioeconómicas, la continuidad de los programas de salud y de salud pública, la opinión pública con respecto a las medidas y su observancia. Se puede encontrar información pertinente en la orientación provisional de la OMS sobre la aplicación y el ajuste de medidas sociales y de salud pública en el contexto de la COVID-19 (2), así como en las publicaciones del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) (4), la Organización Mundial del Turismo (OMT) (5), la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) (6), la Organización Internacional del Trabajo (OIT) (7), la Organización Marítima Internacional (OMI) y el Banco Mundial (9). La salud y el bienestar general de las comunidades deben ser las principales consideraciones a la hora de seleccionar y aplicar medidas internacionales relacionadas con los viajes.

De conformidad con las leyes nacionales y las disposiciones pertinentes del Reglamento Sanitario Internacional (RSI) (2005), las autoridades nacionales pueden aplicar medidas de mitigación de riesgos que restrinjan el tránsito internacional, siempre que dichas medidas se basen en los riesgos y en la evidencia, sean coherentes y proporcionadas al riesgo para la salud pública y, por lo tanto, no constituyan una interferencia innecesaria con el tránsito y el comercio internacionales. Las medidas de mitigación de riesgos para los viajes internacionales deben revisarse y adaptarse periódicamente a medida que la situación evolucione y se evalúe su efectividad en el control de la transmisión del SARS-CoV-2, a fin de asegurar que sean proporcionadas al riesgo para la salud pública y se ajusten sobre la base de una evaluación periódica y sistemática del riesgo.

Medidas de mitigación de riesgos para la reanudación gradual de los viajes internacionales

En este apartado se describen las principales consideraciones que deben tenerse en cuenta al aplicar medidas básicas y complementarias de mitigación de riesgos, como su efectividad, disponibilidad y posibles consecuencias imprevistas. Aunque siempre deben aplicarse medidas básicas de mitigación de riesgos, el uso de medidas complementarias durante la pandemia de COVID-19 debe guiarse por una evaluación del riesgo. Consulte el

“Instrumento de evaluación de riesgos para fundamentar las medidas de mitigación aplicables a los viajes internacionales en el contexto de la COVID-19” (anexo 1), donde se proporciona orientación adicional sobre la forma de realizar esta evaluación.

Medidas básicas de mitigación de riesgos Consejos sobre los viajes

• Los casos confirmados, probables y sospechosos, así como los contactos de casos confirmados o probables, no deben viajar; los casos confirmados, probables y sospechosos deben permanecer en aislamiento; los contactos de casos confirmados o probables deben permanecer en cuarentena.

• Las personas con algún signo o síntoma compatible con COVID-19 no deben viajar, a menos que se haya realizado un diagnóstico y se haya eliminado la infección por SARS-CoV-2 como causa de la enfermedad.

• Se debe aconsejar a las personas que no se sientan bien que pospongan cualquier viaje.

• Se debe aconsejar a las personas que corren el riesgo de enfermar de gravedad y morir, ente ellas las personas mayores de 60 años o con comorbilidades que constituyan un mayor riesgo de presentar un cuadro grave de COVID-19 (por ejemplo, enfermedades cardíacas, cáncer y diabetes), que pospongan cualquier viaje.

• Según las restricciones locales, no se debe permitir que viajen con fines que no sean esenciales las personas que residan en zonas donde haya restricciones a la circulación en toda la comunidad.

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Recomendaciones para viajeros internacionales

La OMS recomienda que los viajeros se autovigilen para detectar la posible aparición de síntomas durante 14 días después de su llegada, y comuniquen sus síntomas y sus antecedentes de viajes a las autoridades locales de salud, de acuerdo con las instrucciones recibidas de las autoridades del país de acogida, antes de la salida o a su llegada. Los viajeros deben recibir la información necesaria e instrucciones sobre la forma y el momento de ponerse en contacto con las autoridades locales de salud. Las autoridades nacionales o subnacionales deberían planificar y efectuar arreglos para supervisar la autovigilancia; por ejemplo, con mensajes telefónicos o herramientas digitales. Las aplicaciones para la localización y los partes diarios sobre el estado de salud deben estar en consonancia con la orientación de la OMS sobre el uso de herramientas digitales para este fin (10).

Todo viajero identificado como contacto de un caso de COVID-19 debe recibir asistencia, ser colocado en cuarentena como parte de las estrategias nacionales de respuesta (11) y de conformidad con la orientación de la OMS sobre la cuarentena (12), y se le debe hacer una prueba si presenta síntomas en algún momento durante el período de cuarentena. Todos los viajeros deben cumplir las medidas sociales y de salud pública impuestas en los países de destino, incluidas las restricciones de la circulación según las normas subnacionales o nacionales.

Coordinación multisectorial y planificación de la prevención y el control de enfermedades, la vigilancia y el manejo de casos Las autoridades nacionales y, cuando sea necesario y pertinente, las autoridades subnacionales que participen en la evaluación del riesgo deberían: 1) informar a todas las entidades públicas y privadas responsables de la aplicación de las medidas internacionales relativas a los viajes sobre los requisitos en vigor, a fin de que puedan cumplirlas en sus operaciones; 2) efectuar arreglos operativos para facilitar el cumplimiento de dichos requisitos, incluido el intercambio oportuno de información con las autoridades de salud; por ejemplo, por medio de manifiestos de pasajeros con fines de localización de contactos y la cumplimentación y recolección de formularios para localizar a los pasajeros, y 3) coordinar con los operadores de medios de transporte para cumplir los requisitos de los países relativos a la presentación de la declaración marítima de sanidad (anexo 8 del RSI [2005]) (13) y la parte sanitaria de la Declaración General de Aeronave (anexo 9 del RSI [2005]) (13). La digitalización de los formularios de localización de pasajeros puede facilitar el intercambio de información, pero debe llevarse a cabo de conformidad con la orientación de la OMS sobre privacidad y protección de datos personales (10). Además, para impedir que viajen casos y contactos será necesario establecer mecanismos con el fin de intercambiar información entre las autoridades de salud e inmigraciones.

Los países deben tener una estrategia clara de vigilancia y suficiente capacidad de salud pública para detectar los casos de manera fiable y localizar contactos, incluso entre los viajeros que llegan, en consonancia con las medidas subnacionales y nacionales de vigilancia y respuesta a la COVID-19.

Localización de contactos a nivel internacional

Cuando un conglomerado de casos o una cadena de transmisión de SARS-CoV-2 abarca más de un país (por ejemplo, cuando se detectan casos en medios de transporte, en puntos de entrada o con antecedentes de viajes en estado infeccioso), se deben localizar los contactos en otros países de una manera coordinada y colaborativa mediante un intercambio rápido de información por medio de los Centros Nacionales de Enlace para el RSI. Los contactos de dos días antes a 14 días después de la aparición del caso detectado deben identificarse de conformidad con la orientación de la OMS para la localización de contactos (11). Además, los intercambios bilaterales entre países también pueden servir para investigar casos que requieran la localización retrospectiva de las personas que hayan tenido contacto con casos de COVID-19 dos semanas antes del inicio de los síntomas, de acuerdo con la orientación de la OMS para la investigación de casos (14). Durante todo el proceso de localización de contactos se debe tener en cuenta la protección de los datos. Cuando se intercambie entre países información sanitaria o datos personales de una persona identificable, se debe mantener la confidencialidad de estos datos en consonancia con el artículo 45 del RSI (2005) y la legislación nacional. En estas circunstancias se recomienda usar comunicaciones cifradas y protegidas por contraseña.

La localización de contactos a nivel internacional es particularmente importante para los países donde no haya casos o solo haya casos importados o esporádicos o un pequeño número de conglomerados de casos. En los países donde haya transmisión comunitaria y la capacidad de vigilancia esté desbordada, podría ser difícil localizar contactos internacionales.

Se puede contactar en cualquier momento a los Centros Nacionales de Enlace. Estos centros pueden recibir apoyo directo de los Puntos de Contacto de la OMS para el RSI, que se encuentran en las seis oficinas regionales de la OMS.

Los datos para contactar a todos los Centros Nacionales de Enlace y los Puntos de Contacto de la OMS para el RSI se encuentran en el Sistema de Información sobre Eventos de la OMS, al cual tienen acceso los Centros Nacionales de Enlace. Cuando la localización de contactos abarca zonas contiguas en dos o varios países limítrofes, los acuerdos que haya en el plano bilateral o entre varios países podrían facilitar la localización transfronteriza de contactos.

Las herramientas digitales, como los teléfonos móviles y las aplicaciones para rastrear la ubicación o la proximidad,

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proceso. Además, la efectividad de las herramientas digitales, como las aplicaciones, depende de que sean descargadas y autorizadas para su uso por una gran proporción de la población en general. En el caso de los viajeros internacionales, es preciso tener presente la compatibilidad de los sistemas de gestión de información e intercambio de datos entre países en caso de que se justifique localizar contactos fuera de las fronteras nacionales. Deben considerarse los aspectos jurídicos y éticos relacionados con la privacidad individual y la protección de datos personales de conformidad con la orientación de la OMS (10).

Controles ambientales y medidas sociales y de salud pública en los puntos de entrada

Se deben poner en marcha medidas de control de multitudes, distanciamiento físico, uso de mascarillas e higiene de las manos para minimizar el riesgo de transmisión en los puntos de entrada; por ejemplo, durante el registro de pasajeros y el control de pasaportes; en los baños, las zonas de seguridad, las zonas para entrevistas de casos sospechosos de COVID-19 y las salas de espera; durante el embarque y el desembarque; en las aduanas y durante la recogida del equipaje. Se deben seguir procedimientos apropiados de limpieza y desinfección de acuerdo con la orientación de la OMS (15), en particular de las superficies que se tocan con frecuencia. En el cuadro 1 se presentan recomendaciones específicas para adaptar las instalaciones de los puntos de entrada.

Cuadro 1. Consideraciones para adaptar las instalaciones de los puntos de entrada a fin de limitar la propagación de la COVID-19

Control de multitudes Modificaciones técnicas Mejora del cumplimiento Limitar el número de personas y mantener

una distancia física de 1 metro como mínimo entre las personas en todas las instalaciones de los puntos de entrada, en particular, en zonas cerradas y con poca ventilación, como tiendas, restaurantes, salones, baños y oficinas.

Reducir las aglomeraciones mediante el escalonamiento de las horas de llegada y salida de medios de transporte, la gestión del flujo de viajeros mediante trayectos separados y el aumento del número de puestos de seguridad y control de pasaportes para acortar las colas, idealmente teniendo en cuenta la

transmisión de la enfermedad en los países de salida y de destino.

Introducir barreras físicas (conos, cuerdas, postes, etc.) o marcadores en el piso para mantener la distancia entre las personas o limitar el acceso mientras se encuentran en zonas de mayor volumen, como las salas de recolección del equipaje o de inmigraciones.

Establecer amplias antecámaras de espera para complementar la estrategia de control de multitudes.

Instalar tabiques de separación, pantallas y barreras transparentes en mostradores o ventanillas donde se prevea que pueda haber un contacto estrecho.

Ventilar de manera adecuada todas las instalaciones en los puntos de entrada.

Colocar carteles para reforzar las medidas de protección y el

comportamiento individual (es decir, higiene de las manos, uso seguro de mascarilla cuando proceda y precauciones al toser y estornudar).

Efectuar anuncios por altavoces o proyectar videos de manera continua con instrucciones e información en los idiomas apropiados.

Emplazar personal estratégicamente en todos los puntos de entrada para hacer cumplir las medidas de salud pública y el distanciamiento adecuado.

Considerar la posibilidad de fomentar la colaboración transfronteriza para manejar las aglomeraciones en los cruces terrestres.

Establecer una ruta acelerada,

exclusivamente para pasajeros en tránsito, con consideraciones especiales relativas al espacio en el caso de esperas prolongadas para las conexiones y las escalas.

Instalar estaciones para higienizarse las manos ubicadas estratégicamente en todos los puntos de entrada.

Controles ambientales y medidas sociales y de salud pública en los medios de transporte

Es necesario promover las medidas de control ambiental y las medidas sociales y de salud pública, como el distanciamiento físico, el uso de mascarillas y la higiene de las manos, y exigir su cumplimiento a bordo de los medios de transporte. Estas medidas se describen en detalle en los módulos de orientación para los viajes aéreos durante la crisis de salud pública causada por la COVID-19 elaborados por el Grupo de Trabajo del Consejo de la OACI para la Recuperación de la Aviación (16), en la orientación de la OMI sobre la COVID-19 (8) y en la orientación provisional de la OMS sobre el manejo de los viajeros enfermos en los puntos de entrada (17) y sobre el control de la propagación de la COVID-19 en los cruces terrestres (18), a bordo de buques (19) y en la aviación (20).

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Medidas complementarias de mitigación de riesgos

Si la incidencia de casos en el país de salida (o en la suma de los países evaluados) es superior a la del país de destino, y el país de destino no tiene una capacidad adecuada para hacer frente a una mayor carga, se recomienda adoptar medidas complementarias de mitigación de riesgos. Los países con poca tolerancia al riesgo y aquellos donde no haya casos (activos) o donde haya solo casos importados o esporádicos o un pequeño número de conglomerados de casos también pueden considerar la aplicación de medidas complementarias.

Las autoridades de los puntos de entrada deben tener las capacidades necesarias para aplicar medidas complementarias de mitigación de riesgos adaptadas a las circunstancias, según el país de origen de los viajeros y de conformidad con la evaluación del riesgo y las recomendaciones conexas de las autoridades nacionales de salud.

Examen de salida y entrada para detectar signos y síntomas de COVID-19

Los exámenes de detección consisten en la detección presuntiva de una enfermedad o un defecto no reconocidos mediante la administración de pruebas, exámenes u otros procedimientos que puedan efectuarse con rapidez (21).

Aunque muchas veces se ha tomado la temperatura de los viajeros en los puntos de entrada para detectar una variedad de enfermedades, la evidencia disponible en la actualidad no respalda los exámenes de detección en el punto de entrada basados en la temperatura como medida eficaz para detectar la COVID-19 porque las personas podrían estar viajando durante el período de incubación (entre la exposición y el inicio de los síntomas), no tener fiebre al principio de la enfermedad o reducir la fiebre con antipiréticos. La OMS aconseja a los países que están tomando la temperatura a la salida o la llegada que difundan los resultados de sus evaluaciones sobre el uso de esta medida, ya que son fundamentales para fomentar la comprensión de su eficacia e impacto en el contexto de la COVID-19.

La OMS recomienda hacer un examen visual de los viajeros que salen y que llegan a fin de detectar síntomas (por ejemplo, comprobar si hay signos y síntomas, como tos y dificultad para respirar) y entrevistar a los pasajeros cuando sea necesario sobre signos y síntomas de infecciones respiratorias y toda exposición a casos confirmados o probables en los 14 días anteriores a la salida. Si se usan formularios digitales para la declaración de salud, esto debe hacerse de acuerdo con la orientación de la OMS sobre privacidad y protección de datos personales (10). No se debe permitir que viajen personas que tengan síntomas o que hayan sido identificadas como contactos de casos de COVID-19. Estas personas deben ser remitidas a instalaciones previamente designadas para una evaluación médica adicional, de acuerdo con los protocolos vigentes en el punto de entrada y la orientación nacional.

Además, las autoridades nacionales podrán pedir a los viajeros que llegan que informen sobre su estado de salud en el momento del viaje y su posible exposición a casos de COVID-19 en las dos semanas anteriores, y que proporcionen datos para contactarlos, de modo que puedan ser localizados con fines de seguimiento de su salud durante los primeros 14 días después de la llegada al lugar de destino o para la localización de contactos en otros países. La OMS recomienda que ese formulario se llene en línea antes de viajar o durante el vuelo para evitar aglomeraciones a la llegada. Las autoridades también pueden exigir a los pasajeros que llegan que descarguen y usen una aplicación nacional de control de la COVID-19 si se están radicando en el país de destino, a fin de facilitar el seguimiento de su salud y la localización de contactos a su llegada.

Prueba del SARS-CoV-2 para viajeros

Los viajeros internacionales no deben ser considerados de por sí como casos sospechosos de COVID-19. Por lo tanto, la OMS no recomienda que los viajeros sanos sean tratados como grupo prioritario para las pruebas del SARS-CoV- 2, en particular cuando los recursos son limitados, a fin de que no se desvíen recursos de entornos y pacientes donde las pruebas puedan tener un impacto mayor en la salud pública y conducir a medidas de respuesta. En principio, para las pruebas se debe dar prioridad a los entornos y grupos de alto riesgo, como las personas en riesgo de enfermar de gravedad, los grupos poblacionales vulnerables y el personal de salud, de conformidad con la orientación de la OMS (22).

No se recomiendan las pruebas de diagnóstico rápido que detectan antígenos para los viajeros que parezcan estar sanos, entre los cuales posiblemente haya una prevalencia baja de infección, en los lugares donde no puedan hacerse con facilidad pruebas confirmatorias mediante amplificación de ácidos nucleicos, porque podrían presentar una proporción elevada de resultados positivos falsos.

Si un país tiene suficiente capacidad para administrar pruebas en todos los entornos y grupos de alto riesgo y decide administrar pruebas a viajeros provenientes de países donde haya una gran incidencia de COVID-19 (como método para reducir el riesgo basado en una evaluación previa del riesgo), al decidir qué tipo de prueba se utilizará se deberán tener en cuenta las principales consideraciones formuladas en la nota científica de la OMS sobre las pruebas de diagnóstico de la COVID-19 en el contexto de los viajes internacionales (23).

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Cuarentena de viajeros internacionales

Los viajeros internacionales no se consideran como contactos de casos de COVID-19, a menos que un viajero se encuadre en la definición de contacto (11).

Los países donde no haya casos (activos), donde haya solo casos importados o esporádicos o un pequeño número de conglomerados de casos o donde se haya controlado la transmisión y se esté tratando de mantener esta situación o no se tenga la capacidad necesaria para hacer frente a una mayor carga podrían considerar la cuarentena o medidas para restringir el desplazamiento de viajeros provenientes de países con una mayor incidencia. En estas circunstancias, deberían requerir la cuarentena solo después de una evaluación exhaustiva del riesgo, respetar la dignidad, los derechos humanos y las libertades fundamentales de los viajeros, y reducir al mínimo toda molestia o angustia relacionadas con las medidas de salud que se les apliquen, como se describe en el RSI (2005).

La OMS está realizando estudios de modelización y revisiones sistemáticas periódicas de la efectividad y la factibilidad de las medidas de mitigación de riesgos, entre ellas la administración de pruebas y la cuarentena, en el contexto de los viajes internacionales. La OMS actualizará y adaptará su orientación provisional según sea necesario a medida que se disponga de más evidencia.

Uso de “certificados de inmunidad” para la COVID-19 en el contexto de los viajes internacionales

El uso de “certificados de inmunidad” para los viajes internacionales en el contexto de la COVID-19 no tiene por el momento fundamento científico y, por lo tanto, la OMS no lo recomienda. Véase más información en la nota científica de la OMS sobre los “pasaportes de inmunidad” en el contexto de la COVID-19 (24), en la que se presenta un panorama de la evidencia en relación con la respuesta inmunitaria tras la infección por el SARS-CoV-2. Además de las incertidumbres científicas en torno a los pasaportes de inmunidad, hay aspectos éticos, jurídicos y de derechos humanos relacionados con la privacidad de los datos personales y la confidencialidad médica, la posibilidad de falsificación o de comportamientos de riesgo por una falsa sensación de seguridad, la estigmatización y la discriminación.

Otras consideraciones importantes aplicables a todas las medidas de mitigación de riesgos Costos relacionados con las medidas de salud pública para los viajes internacionales

Los países no cobrarán a los viajeros por las medidas requeridas para proteger la salud, entre ellas: a) los exámenes médicos para conocer su estado de salud; b) la vacunación o profilaxis a su llegada que no sean requisitos publicados o sean requisitos publicados con menos de 10 días de antelación; c) medidas apropiadas de aislamiento o cuarentena;

d) certificados en los que se especifiquen las medidas aplicadas, o e) medidas aplicables al equipaje que acompaña a los viajeros, de conformidad con lo dispuesto en el RSI (2005) (13).

Comunicación de riesgos

Una de las intervenciones más importantes y efectivas en la respuesta de salud pública a cualquier evento consiste en comunicar de manera proactiva a la población lo que se sabe, lo que no se sabe y lo que están haciendo las autoridades responsables para obtener más información, con el objetivo de salvar vidas, reducir al mínimo las consecuencias adversas, mantener la confianza de la población y fomentar su cumplimiento de las medidas de salud pública. La difusión de mensajes dirigidos a grupos específicos es una parte esencial de la comunicación de riesgos, y los viajeros son uno de esos grupos. Todas las entidades que necesiten transmitir mensajes a los viajeros y las que manejan los viajes deben ponerse de acuerdo sobre mensajes claros y coherentes.

Es esencial comunicarse proactivamente con los viajeros antes de su viaje para ayudarles con la planificación personal. Los cambios generales en la orientación sobre los viajes que afecten al público en general y a los operadores deben darse a conocer por los medios de comunicación tradicionales, las redes sociales, las páginas web sobre viajes (como las páginas web de los aeropuertos y para hacer reservas de líneas aéreas y hoteles) y las líneas telefónicas de ayuda sobre la COVID-19. La orientación para los viajes debe incluir lo siguiente:

• información y consejos, como medidas o restricciones temporales relacionadas con los viajes y su fundamento, recomendaciones sobre quiénes deberían viajar, información sobre la salud pública y las medidas sociales en los países de destino para viajeros nacionales e internacionales;

• dónde encontrar información precisa, oportuna y actualizada sobre la situación de la COVID-19 en el lugar de destino;

• medidas de protección personal, entre ellas información sobre la forma de buscar atención médica si fuera necesario en el país de destino, el riesgo que podría plantear el viaje y las medidas necesarias para reducirlo, como la higiene personal y de las manos, las precauciones al toser y estornudar, el mantenimiento de una distancia física de 1 metro como mínimo de otras personas y el uso de mascarilla cuando corresponda.

Los mensajes deben ser coherentes y estar en los idiomas apropiados, acompañados de imágenes fáciles de entender para proporcionar asesoramiento personalizado, fomentar la confianza en los consejos sobre los viajes, aumentar el cumplimiento de los consejos de salud y prevenir la propagación de información falsa o rumores (véase la orientación de la OMS sobre la comunicación de riesgos y la preparación y respuesta de la comunidad frente a la COVID-19 [25]).

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Referencias

1. Organización Mundial de la Salud. Strategic and Technical Advisory Group for Infectious Hazards

(https://www.who.int/emergencies/diseases/strategic-and-technical-advisory-group-for-infectious-hazards/en/, consultado el 1 de diciembre del 2020).

2. Organización Mundial de la Salud. Consideraciones para aplicar y ajustar medidas de salud pública y sociales en el contexto de la COVID-19: orientaciones provisionales. Ginebra: Organización Mundial de la Salud; 2020 (https://apps.who.int/iris/handle/10665/336990, consultado el 10 de noviembre del 2020).

3. Organización Mundial de la Salud. Coronavirus Disease (COVID-19) Dashboard (https://covid19.who.int, consultado el 10 de noviembre del 2020).

4. Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo. COVID-19 socio-economic impact

(https://www.undp.org/content/undp/en/home/coronavirus/socio-economic-impact-of-covid-19.html, consultado el 3 de noviembre del 2020).

5. Organización Mundial del Turismo. Restricciones de viaje relacionadas con la COVID-19 (https://www.unwto.org/es/covid-19-restricciones-viaje, consultado el 3 de noviembre del 2020).

6. Organización de Aviación Civil Internacional. Guidance for Air Travel through the COVID-19 Public Health Crisis (https://www.icao.int/covid/cart/Pages/CART-Take-off.aspx, consultado el 3 de noviembre del 2020).

7. Organización Internacional del Trabajo. Marco de políticas para mitigar el impacto económico y social de la crisis causada por la COVID-19. Ginebra: Organización Internacional del Trabajo; 2020

(https://www.ilo.org/global/topics/coronavirus/impacts-and-responses/WCMS_751916/lang--es/index.htm, consultado el 3 de noviembre del 2020).

8. Organización Marítima Internacional. Pandemia de COVID-19

(https://www.imo.org/es/MediaCentre/HotTopics/Pages/Coronavirus.aspx, consultado el 3 de noviembre del 2020).

9. Grupo del Banco Mundial. Projected poverty impacts of COVID-19 (coronavirus)

(https://www.worldbank.org/en/topic/poverty/brief/projected-poverty-impacts-of-COVID-19, consultado el 3 de noviembre del 2020).

10. Organización Mundial de la Salud. Ethical considerations to guide the use of digital proximity tracking technologies for COVID-19 contact tracing: interim guidance. Ginebra: Organización Mundial de la Salud;

2020 (https://apps.who.int/iris/handle/10665/332200, consultado el 10 de noviembre del 2020).

11. Organización Mundial de la Salud. El rastreo de contactos en el marco de la COVID-19: orientaciones provisionales. Ginebra: Organización Mundial de la Salud; 2020

(https://apps.who.int/iris/handle/10665/332083, consultado el 10 de noviembre del 2020).

12. Organización Mundial de la Salud. Consideraciones para la cuarentena de los contactos de casos de COVID-19:

orientaciones provisionales. Ginebra: Organización Mundial de la Salud; 2020

(https://apps.who.int/iris/handle/10665/333968, consultado el 10 de noviembre del 2020).

13. Organización Mundial de la Salud. Reglamento Sanitario Internacional (2005), 3a ed. Ginebra: Organización Mundial de la Salud; 2016 (https://apps.who.int/iris/handle/10665/246186, consultado el 10 de noviembre del 2020).

14. Organización Mundial de la Salud. Considerations in the investigation of cases and clusters of COVID-19:

interim guidance. Ginebra: Organización Mundial de la Salud; 2020

(https://apps.who.int/iris/handle/10665/331668, consultado el 3 de noviembre del 2020).

15. Organización Mundial de la Salud. Limpieza y desinfección de las superficies del entorno inmediato en el marco de la COVID-19: orientaciones provisionales. Ginebra: Organización Mundial de la Salud; 2020 (https://apps.who.int/iris/handle/10665/332168, consultado el 3 de noviembre del 2020).

16. ICAO Council Aviation Recovery Task Force (CART). Take-off Guidance. Guidance for Air Travel through the COVID-19 Public Health Crisis. Montreal: Organización de Aviación Civil Internacional; 2020

(https://www.icao.int/covid/cart/Pages/CART-Take-off.aspx, consultado el 3 de noviembre del 2020).

17. Organización Mundial de la Salud. Management of ill travellers at points of entry (international airports, seaports, and ground crossings) in the context of COVID-19: interim guidance. Ginebra: Organización Mundial de la Salud; 2020 (https://apps.who.int/iris/handle/10665/331512, consultado el 3 de noviembre del 2020).

18. Organización Mundial de la Salud. Controlling the spread of COVID-19 at ground crossings: interim guidance.

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19. Organización Mundial de la Salud. Operational considerations for managing COVID-19 cases/outbreak on board ships: interim guidance. Ginebra: Organización Mundial de la Salud; 2020

(https://apps.who.int/iris/handle/10665/331164, consultado el 3 de noviembre del 2020).

20. Organización Mundial de la Salud. Consideraciones operacionales para la gestión de casos o brotes de COVID- 19 en la aviación: orientaciones provisionales. Ginebra: Organización Mundial de la Salud; 2020

(https://apps.who.int/iris/handle/10665/331968, consultado el 3 de noviembre del 2020).

21. Organización Mundial de la Salud. Principles and practice of screening for disease. Ginebra: Organización Mundial de la Salud; 1966 (https://apps.who.int/iris/handle/10665/208882, consultado el 3 de noviembre del 2020).

22. Organización Mundial de la Salud. Laboratory testing strategy recommendations for COVID-19: interim guidance. Ginebra: Organización Mundial de la Salud; 2020 (https://apps.who.int/iris/handle/10665/331509, consultado el 3 de noviembre del 2020).

23. Organización Mundial de la Salud. COVID-19 diagnostic testing in the context of international travel: scientific brief. Ginebra: Organización Mundial de la Salud; 2020 (https://apps.who.int/iris/handle/10665/337832, consultado el 16 de diciembre del 2020).

24. Organización Mundial de la Salud. «Pasaportes de inmunidad» en el contexto de la COVID-19: nota científica.

Ginebra: Organización Mundial de la Salud; 2020 (https://apps.who.int/iris/handle/10665/331903, consultado el 3 de noviembre del 2020).

25. Organización Mundial de la Salud. Risk communication and community engagement readiness and response to coronavirus disease (COVID-19): interim guidance. Ginebra: Organización Mundial de la Salud; 2020

(https://apps.who.int/iris/handle/10665/331513, consultado el 3 de noviembre del 2020).

Nota de agradecimiento

El presente documento fue elaborado en consulta con las personas que se indican a continuación.

Del Grupo Consultivo Estratégico y Técnico sobre Peligros Infecciosos (STAG-IH): Juliet Bedford, Delia Enria, Johan Giesecke, David Heymann, Chikwe Ihekweazu, Gary Kobinger, Clifford Lane, Ziad Memish, Myoung-don Oh, Amadou Alpha Sall, Anne Schuchat, Kumnuan Ungchusak y Lothar Wieler.

Del Grupo Técnico Asesor especial a fin de elaborar un enfoque basado en el riesgo para la reanudación de los viajes internacionales en el contexto de la COVID-19: Christos Hadjichristodoulou, Alexandra Phelan, Lisa Rotz, Patricia Schlagenhauf, Kerri Watkins y Min Zhang.

De la Organización Mundial de la Salud: Jennifer Addo, Maya Allan, Brett Archer, Sara Barragan Montes, Jessica Barry, David Bennitz, Richard John Brennan, Finlay Campbell, Ute Enderlein, Melinda Frost, Thomas Grein, Masaya Kato, Mika Kawano, Maria van Kerkhove, Franciscus Konings, Abdi Rahman Mahamud, Nsenga Ngoy, Nam Phuong Nguyen, Dorit Nitzan, Babatunde Olowokure, Boris Pavlin, Ihor Perehinets, Olivier le Polain, Dalia Samhouri, Tanja Schmidt, Mary Stephen, Jos Vandelaer, Katelijn Vandemaele, Ninglan Wang, Roland Kimbi Wango y Zabulon Yoti.

De la Organización Panamericana de la Salud (OPS)/Oficina Regional de la OMS para las Américas (AMRO):

Roberta Andraghetti, Lionel Gresh, Jairo Andres Méndez Rico y Ciro Ugarte Casafranca.

La OMS sigue observando de cerca la situación por si se produce cualquier cambio que pueda afectar esta orientación provisional. Si se produce un cambio en cualquier factor, la OMS publicará una actualización. En caso contrario, este documento de orientación provisional vencerá dos años después de la fecha de publicación.

Este documento fue traducido al español por la Organización Panamericana de la Salud (OPS).

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WHO reference number: WHO/2019-nCoV/Risk-based_international_travel/2020.1

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