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CUANDO DESPARECEN LOS MUROS DE LA CELDA

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CUANDO DESPARECEN LOS MUROS DE LA CELDA

Camille Allaria

To cite this version:

Camille Allaria. CUANDO DESPARECEN LOS MUROS DE LA CELDA : LA VIGILANCIA ELEC- TRÓNICA DE LOS CONDENADOS A PENAS DOMICILIARIAS EN FRANCIA. 2016. �hal- 01445228�

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Camille Allaria

Doctora en sociología, investigadora asociada en Lames (7305), MMSH, Universidad de Aix-Marseille

Palabras clave: Vigilancia Género Instituciones Justicia

Camille Allaria

CUANDO DESPARECEN LOS MUROS DE LA CELDA

LA VIGILANCIA ELECTRÓNICA DE LOS CONDENADOS A PENAS DOMICILIARIAS EN FRANCIA

La vigilancia electrónica consiste en obligar a los condenados a permanecer en el domicilio dentro de los horarios fijados por el juez para la aplicación de las penas. Las informaciones sobre entradas y salidas del condenado de su domicilio se transmiten por vía electrónica al centro de vigilancia. Cuando se detecta un retraso o una ausencia del condenado, salta una señal de alarma en la pantalla de vigilancia gracias a la cual el vigilante puede controlar, por medios técnicos (por teléfono en un primer momento), la situación del arrestado domiciliario (1). ¿Qué ocurre entonces con la sanción penal, una vez que la noción de reclusión digital (captación electrónica de la actividad de los vigilados) sustituye progresivamente a la de la reclusión física (caen los muros de la celda del preso) ?

Con la introducción del brazalete electrónico (presentado, en parte, como una solución paliativa al problema del hacinamiento en las cárceles) el domicilio se

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convierte en el espacio del arresto. El arresto domiciliario no es un fenómeno nuevo pero sí lo es el de la vigilancia de los condenados por medios electrónicos. Por ello, se impone considerar la problemática digital que reconfigura riesgos, efectos y relaciones entre condenados e institución penal y destacar dos fenómenos: un proceso de “visibilización” de la intimidad; y un proceso de “invisibilización” de la institución.

Lo que aquí se plantea es un doble movimiento de desterritorialización del lugar de cumplimiento de la pena acompañado por su rematerialización por medio de la huella digital, cuya circulación facilita la imposición en el cuerpo del delincuente de la marca de la sanción penal (el brazalete electrónico). El desplazamiento queda permitido en cuanto que la esfera privada se ha vuelto “visible” para el órgano de vigilancia, gracias a las facultades de ubicuidad que brinda la tecnología digital.

USO LIMITADO DEL ESPACIO INTIMO

En el nuevo lugar de cumplimiento de la pena (el domicilio del condenado), la instalación del sistema de vigilancia se corresponde con la delimitación del espacio de lo permitido y de lo prohibido. Idea que se refuerza con la existencia de prácticas de negociación, entre condenado y vigilante, sobre la delimitación de dicho espacio. En gran parte, las reglas se fijan en función de la tecnología ya que la capacidad de extensión de la misma es la que dicta la distancia autorizada que, una vez

“Me midió el tobillo, instaló un cajetín, me puso el brazalete, me hizo pasearme por la casa para comprobar la superficie y los lugares a los que podré desplazarme. Si me salgo de ese perímetro, salta la alarma y el Centro de Vigilancia llama directamente a casa”

Entrevista del arrestado (2)

“Me ponen el brazalete en el pie, me hacen dar la vuelta de la casa, de una pared a otra, de un cuarto a otro… Luego me pidió que bajara y en cuanto llegué abajo del todo me dijo «¡Vuelva a subir ! Ahí está, en cuanto se salga de ese perímetro sonará la alarma». O sea que mejor no arriesgarse”

Entrevista del arrestado

(1) En Francia, a 1/01/2015 se contaban 66.270 personas encarceladas y 10. 767 personas bajo vigilancia electrónica, según las cifras del Ministerio de Justicia.

(2) Se han realizado más de 50 entrevistas a personas vigiladas por medios electrónicos, consejeros penitenciaros de inserción y de libertad condicional y jueces para la aplicación de penas. Se registraron y analizaron también 251 llamadas entre vigilantes y vigilados.

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En esa situación, el domicilio adquiere una doble condición: es, a la vez, lugar de vida del condenado y de su familia y lugar de reclusión de éste, bajo la vigilancia auxiliar de sus familiares a los que, en cierta medida, también afectan las limitaciones impuestas al condenado.

“a veces, [mi mujer] me dice «Es la hora, hay que volver», o bien «Mira, ahora no podemos salir!» Como ocurrió el domingo cuando me dijo: «No, no merece la pena salir porque tenemos el tiempo demasiado justo»”

Entrevista del arrestado

“Y mire, cuando explico las cosas, se las explico a todos, a toda la familia, porque considero que les concierne a todos. Se lo explico todo al tipo, los horarios de salida, lo que tiene que hacer y lo que no tiene que hacer...”

Entrevista del vigilante (Centro de Vigilancia Electrónica) Además, gracias a su capacidad de enviar automáticamente informaciones sobre entradas y salidas del arrestado, el sistema proporciona a los agentes institucionales indicios con los que forjarse una idea de la “autonomía” del condenado, de su capacidad de respetar consignas sobre entradas y salidas, y del equilibrio de la vida familiar.

“Lo cierto es que la vigilancia nos facilita un índice del nivel de autonomía de las personas (…) Tenemos que averiguar muchas cosas : si la persona es o no autónoma, si es capaz o no de respetar obligaciones, si su entorno le impide estabilizarse.”

Entrevista de Consejero Penitenciario Dicho esto, el dispositivo técnico no es capaz de dar una representación completa de la actividad del vigilado por la información parcial que envía (la que puede captar). Por eso, los vigilantes siempre sienten grandes dudas a la hora de evaluar el nivel de conformidad de los vigilados. Tanto es así que, para completar la información que les falta, se ven obligados a realizar indagaciones telefónicas componiendo, a distancia, toda una cadena de informaciones variadas con las que dar cuenta, con la mayor exactitud posible, de la actividad del vigilado. Dichas comprobaciones plantean, como veremos más tarde, ciertos problemas, como el de la aparición de prácticas de negociación sobre la definición de conformidad, por ejemplo.

En la medida en que el dispositivo de captación de datos se coloca en el domicilio

del condenado, los agentes de vigilancia que lo instalan tienen que intervenir en el

domicilio, primero al instalarlo y, más tarde, durante todo el período de vigilancia,

siempre que haya que prevenir o reparar cualquier fallo técnico.

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LA INSTITUCIÓN INVISIBLE

Este primer movimiento de “visibilización” de la esfera privada va acompañado de otro movimiento de desmaterialización de la institución penal que se refleja en el cuerpo de los individuos mediante cambios, por ínfimos que sean, en la manera en que los agentes de la institución penal se presentan ante la sociedad civil. Cuando pasan a instalar ese sistema de vigilancia en el domicilio del condenado (primer y, a veces, único contacto entre vigilante y vigilado) desaparece el uniforme, uno de los aspectos tangibles de la institución.

«¿Qué impresión le causa ver a un vigilante de prisiones en su casa, en uniforme ?

¡No no, iba de paisano! Sí, sí, de paisano con su maletín sus herramientas y todo eso.. »

Entrevista del arrestado El que los vigilantes no trabajen con uniforme, a diferencia de los guardias de prisión, no es sólo porque su vigilancia sea virtual o por razones de comodidad.

Es porque se considera más razonable que vayan de paisano ya que tienen que personarse en ocasiones en el domicilio del condenado y para ello pasar cierto tiempo antes por la urbanización para localizarlo.

« ¿ Por qué no viste uniforme ?

Porque a veces puede que tengamos, como G ayer, que acudir al domicilio del condenado y en ese caso no conviene pasearse por esas urbanizaciones en uniforme…eso sí, si se trata de una visita oficial importante, nos ponemos el uniforme... »

Entrevista del vigilante Lo que nos interesa en estos comentarios es la manera en que la apertura de la administración penitenciaria se plasma en el propio cuerpo de los individuos. Si la función principal del uniforme consiste en facilitar la visibilidad e identificación de los detentores de la violencia legítima, en enarbolar la función antes que la identidad y en participar en la formación de un colectivo de agentes del Estado, ¿qué implica entonces una supresión del uniforme durante la presentación del individuo ante los demás que banaliza la apariencia, desposeyéndola de todo símbolo de fuerza y poder soberano? Mientras que durante todo el período de vigilancia, vigilado y vigilante serán seres anónimos y sin cuerpo el uno para el otro, el momento de la instalación es la ocasión, única en ciertos casos, de aportar materia (un rostro, una corpulencia), de dar concreción al que vigila y al que es vigilado. «En el caso del

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arresto domiciliario con vigilancia electrónica (ADSE)(3), precisamente, se sigue ejerciendo el poder de sancionar de la misma manera, pero lo que antes se hacía mediante un sistema visible, ahora se realiza sin mostrarse visible »(4).

La evolución de las técnicas de separación entre el espacio de lo permitido y el espacio de lo prohibido nos lleva inexorablemente a plantearnos la cuestión del cuerpo y de su relación con el espacio. ¿Cómo percibir el limite autorizado cuando éste permanece invisible? ¿Qué es lo que va a sustituir a la percepción de las fronteras? ¿Qué supone la invisibilidad de los protagonistas dentro del mecanismo de vigilancia electrónica? La naturaleza digital de la pena va acompañada de otra característica fundamental de la sanción: la distancia entre el cuerpo del vigilante y el cuerpo del vigilado. El nexo entre preso y vigilante sigue existiendo, sólo que no resulta visible más que con el dispositivo de vigilancia colocado en el domicilio y en el cuerpo del condenado. De forma « ya no hay ningún territorio propio a la pena ya que éste se desplaza con uno »(5). Si se considera al cuerpo como punto de anclaje de la identidad del individuo, el hecho de que la sanción penal recurra a la colocación de un brazalete en el pie del condenado no podría dejarnos indiferentes. El brazalete materializa el castigo « virtual » a la vez que, por medio de distintos mecanismos de apropiación y estigmatización, se convierte en la

“huella” material del hecho delictivo sancionado. De tal forma que el arrestado lleva consigo, en todo momento y a cualquier parte, la huella de su culpabilidad. Vemos aquí una serie de elementos que contribuyen a una reflexión más general sobre la relación de los individuos con el Estado y sobre la naturaleza de este último. « Las élites, las clases dirigentes, los patronos, los adultos, los hombres, los blancos, en fin, los grupos de rango superior en general, conservan su poder tanto mediante el control de las representaciones del mundo social como mediante otras formas más rudimentarias de control. Puede que hagan uso de formas más rudimentarias para asentar su hegemonía. Pero lo cierto es que el control a base de manipulación de definiciones y etiquetas actúa con mayor suavidad y a menor coste » (6). El brazalete electrónico establece y mantiene una frontera entre el delincuente y el hombre honrado. Es un sistema de vigilancia que funciona gracias al soporte corporal. “El funcionamiento concreto del brazalete muestra en realidad, hasta que punto éste impulsa y amplía la gestión carcelaria del espacio, según la modalidad virtualizada de la reclusión. Dicha extensión espacial es correlativa a una extensión temporal que prolonga el segmento de la pena durante un período indeterminado

(3) Asignación a Domicilio con Vigilancia Electrónica.

(4) Froment, JC (1998), « La surveillance électronique à domicile : une nouvelle économie du pouvoir de punir ? » (¿La vigilancia electrónica a domicilio ? ¿Una nueva economía del poder de castigar?) , Les cahiers de la securité intérieure, 34, p. 158

(5) op cit, p 155

(6) Becker, H. S (1985) Outsider. Etude de sociologie de la déviance. (Estudio de sociología de la desviación). Métailié, 229

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y, lo que es más, suscita un control continuo de los comportamientos fuertemente interiorizado por los condenados mismos que se convierten, de hecho, en los principales agentes de su propio ”castigo” (7).

El arresto domiciliario con vigilancia electrónica resulta en una modificación de la naturaleza de la limitación impuesta. Abandona su aspecto material, que es lo que caracteriza la pena en cuestión (la reclusión), para convertirse en digital. Cabe interpretar dicho movimiento (de lo material a lo digital) como un movimiento de lo visible a lo invisible. La arquitectura imponente y austera de la cárcel que marca la distinción entre el mundo de la libertad y el mundo de la reclusión se vuelve virtual:

ningún cuerpo físico puede violar la consigna dictada por el juez. En ello radica uno de los puntos centrales, ya que en torno a la idea de virtualidad podría surgir toda una reflexión que contraste el principio de sanción penal con la producción del sujeto sancionado.

(7) Razac, O, (2010) Le placement sous surveillance électronique mobile : un nouveau modèle penal ? (El arresto domiciliario con vigilancia electrónica: ¿un nuevo modelo penal? Informe CIRAP 6

ISSN 2495-6163

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