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Reducción de la carga de micetoma

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Academic year: 2022

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69.ª ASAMBLEA MUNDIAL DE LA SALUD WHA69.21

Punto 15.3 del orden del día 28 de mayo de 2016

Reducción de la carga de micetoma

La 69.ª Asamblea Mundial de la Salud,

Habiendo examinado el informe sobre el micetoma,1

Hondamente preocupada por el impacto del micetoma, especialmente entre los niños y los adul- tos jóvenes en edad de trabajar, y la carga socioeconómica y de salud pública que supone para las co- munidades rurales pobres;

Consciente de que la pronta detección y tratamiento minimizan las consecuencias adversas del micetoma;

Observando con satisfacción los progresos realizados por algunos Estados Miembros con res- pecto a la investigación sobre el micetoma y la atención a los casos de esta enfermedad;

Preocupada por los varios factores que impiden nuevos progresos, entre ellos la detección tardía de los casos de micetoma y la insuficiencia de los instrumentos disponibles para su diagnóstico, trata- miento y prevención;

Consciente de que la consecución de los Objetivos de Desarrollo del Milenio y de los Objetivos de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas,2 en particular los relacionados con la pobreza, el hambre, la salud y la educación, pueden verse obstaculizados por el impacto negativo de las enfermedades desatendidas de los pobres, entre ellas el micetoma,

1. EXHORTA a la comunidad internacional y a todas las partes interesadas, entre ellas las organi- zaciones internacionales, los organismos del sistema de las Naciones Unidas, los donantes, las organi- zaciones no gubernamentales, las fundaciones y las instituciones de investigación:

1) a cooperar directamente con los países en los que el micetoma es endémico, a petición de ellos, con el fin de reforzar las actividades de control;

2) a crear alianzas y fomentar la colaboración con organizaciones y programas involucrados en el desarrollo de los sistemas de salud con el fin de velar por que las intervenciones eficaces lleguen a quienes las necesitan;

1 Documento A60/35.

2 Resolución 70/1 de la Asamblea General de las Naciones Unidas — Transformar nuestro mundo: la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, véase http://www.un.org/ga/search/view_doc.asp?symbol=A/RES/70/1.

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3) a prestar apoyo a las instituciones que realizan investigaciones sobre el micetoma;

2. ALIENTA a los Estados Miembros en los que el micetoma es o amenaza con volverse endémico:

1) a evaluar la carga de micetoma y, cuando sea necesario, establecer un programa de con- trol;

2) a acelerar los esfuerzos por detectar y tratar precozmente los casos de micetoma;

3) a integrar, cuando sea viable, las medidas de control del micetoma con otras actividades pertinentes de control de enfermedades;

4) a establecer y mantener, en el contexto del desarrollo de los sistemas de salud, alianzas para el control del micetoma en los ámbitos nacional y regional;

5) a atender las necesidades del control, en particular con respecto a la mejora del acceso a los servicios terapéuticos y de rehabilitación, mediante la movilización de recursos nacionales;

6) a capacitar a los profesionales sanitarios pertinentes en materia de atención al micetoma;

7) a intensificar la investigación destinada al desarrollo de nuevos instrumentos para diag- nosticar, tratar y prevenir el micetoma;

8) a fomentar entre la población el conocimiento de los síntomas de la enfermedad como respaldo a la detección precoz y la prevención, y a intensificar la participación de la comunidad en los esfuerzos por controlar la enfermedad;

3. PIDE a la Directora General:

1) que incluya el micetoma entre las denominadas «enfermedades tropicales desatendidas»;

2) que siga ofreciendo apoyo técnico a las instituciones que realizan investigaciones sobre el micetoma, en particular los centros colaboradores de la OMS, como forma de respaldar medidas de control mejoradas y basadas en evidencias;

3) que apoye a los Estados Miembros en los que el micetoma es endémico con miras a re- forzar su capacidad para mejorar la detección precoz y el acceso al tratamiento;

4) que fomente la cooperación técnica entre los países como forma de reforzar los servicios de vigilancia, control y rehabilitación del micetoma;

5) que, a través del Programa Especial UNICEF/PNUD/Banco Mundial/OMS de Investiga- ciones y Enseñanzas sobre Enfermedades Tropicales, preste apoyo al fortalecimiento de la ca- pacidad de investigación con miras a atender las necesidades para mejorar los instrumentos de diagnóstico, tratamiento y prevención del micetoma;

6) que, a través del Grupo Consultivo Técnico sobre Enfermedades Tropicales Desatendi- das, defina un proceso técnico sistemático para evaluar la posible inclusión de otras enfermeda- des entre las «enfermedades tropicales desatendidas»;

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3 7) que informe a la 72.a Asamblea Mundial de la Salud sobre los progresos realizados en la aplicación de la presente resolución.

Octava sesión plenaria, 28 de mayo de 2016 A69/VR/8

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