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Acción subsiguiente a la resolución 1995/56 del Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas sobre fortalecimiento de la coordinación de la asistencia humanitaria de emergencia

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100a reunión EB100.R3 Punto 8.2 del orden del día 16 de mayo de 1997

Acción subsiguiente a la resolución 1995/56 del Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas sobre

fortalecimiento de la coordinación de la asistencia humanitaria de emergencia

El Consejo Ejecutivo,

Visto el informe del Director General sobre la acción subsiguiente a las resoluciones 1995/56 y 1996/33 del Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas acerca del fortalecimiento de la coordinación de la

asistencia humanitaria de emergencia;1 c

Recordando la resolución WHA48.2, por la que se adoptó una estrategia actualizada de la OMS para la acción de emergencia y humanitaria, y la resolución WHA49.21, por la que se acogió con satisfacción la resolución 1995/56 del Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas acerca del fortalecimiento de la coordinación de la asistencia humanitaria de emergencia,

1. SE CONGRATULA de las novedades relativas al fortalecimiento de la coordinación de la asistencia humanitaria de emergencia;

2. REAFIRMA el compromiso de la Organización con la preparación para emergencias y la reducción de los desastres, la intervención en situaciones de emergencia y la promoción a ese respecto;

3. PIDE al Director General que prosiga con la participación activa de la OMS en los debates que se celebrarán en el próximo periodo de sesiones del Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas sobre el fortalecimiento de la coordinación de la asistencia humanitaria de emergencia, en particular para aclarar la función y las responsabilidades de la OMS en relación con otras organizaciones del sistema de las Naciones Unidas;

4. PIDE al Director General que, en respuesta al párrafo 2(b) de la resolución 1995/56 del Consejo Econó- mico y Social de las Naciones Unidas, fortalezca la capacidad normativa y técnica de la Organización para cumplir eficazmente con sus responsabilidades en las situaciones de emergencia, en cooperación con otros organismos;

1 Documento EB100/10.

(2)

EB100.R1

5. PIDE al Director General que transmita este informe al Secretario General de las Naciones Unidas para que éste lo incorpore en el informe sobre el asunto que presentará al Consejo Económico y Social en su periodo de sesiones sustantivo de 1997.

Cuarta sesión, 16 de mayo de 1997 EB100/SR/4

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